FUSILAMENTOS NO FRANQUISMO

A foto corresponde a fusilamentos en Badaxoz en 1936


14 de febrero de 1947

FUSILAMIENTOS EN ESPAÑA


Por Ramón Suárez Picallo

Sobre los últimos fusilamientos en España, “La Prensa” de Buenos Aires, diario conservador, tercer órgano de publicidad del mundo, y primero en lengua castellana, escribió, editorialmente, el siguiente comentario.

“El Gobierno de España ha hecho saber a la opinión pública mundial, por medio de uno de sus organismos oficiales, que las dos personas que sufrieron en Madrid la pena capital fueron ejecutados por haber incurrido en delitos de orden común.”

“Sin embargo, y según lo asevera la misma información, los dos acusados tenían antecedentes políticos; que mostraban en ellos a adversarios decididos del régimen de Gobierno que actualmente se halla en vigencia en la Península, al punto que habían tenido participación activa e importante en la guerra civil española, dentro de las fuerzas republicanas.”

“De uno de ellos, dice el documento, que había actuado destacadamente en la guerra civil, al término de la cual huyó a Francia, para retornar a España en 1944 como consecuencia del indulto otorgado por el Gobierno. Del otro, que también tuvo señalada actuación en la referida lucha, pasó después a Francia y regresó a España clandestinamente.”

“Independientemente de la comunicación oficial aludida, las agencias noticiosas informaron a su vez que los reos eran nacionalistas vascos, y su participación en las luchas políticas de su patria, tan relevante, que el anuncio de su ejecución movilizó a muchas organizaciones, agrupaciones y personas que simpatizaban con ellos a fin de solicitar a las Cancillerías extranjeras que intercedieren por su suerte.”

“Resulta, pues, evidente, que aún admitiendo que los dos acusados hubieran cometido los crímenes comunes que se les imputaron, habían tenido actuación en los acontecimientos cívicos de su país, y militaban en las agrupaciones que habían combatido y combaten el régimen de Gobierno actualmente imperante en España. Esa sola circunstancia debió haber aconsejado al Gobierno español la máxima discreción y la mayor prudencia al resolver en un proceso que había atraído la atención de la opinión pública mundial; y admitiendo que la sentencia hubiera sido justa, nunca hubo mejor oportunidad que la pasada para hacer uso del derecho de conmutar la pena de muerte por la reclusión, así fuese perpetua.”

“Desgraciadamente, la sentencia se cumplió sin que hubiera llegado la palabra de gracia; y esta es la hora en que la opinión general no puede dejar de reconocer que el Gobierno de España cometió el error de extremar el rigor de la justicia, cuya majestad no se hubiera alterado en nada con la simple conmutación de la pena.”

(Artigo publicado no xornal La Hora, en Santiago de Chile, tal día como hoxe pero de… 1947)

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